Previo
Una Historia de Riqueza y Pobreza, por John P. Powelson.

Capítulo 6

El Derecho como Institución de Crecimiento Económico: Europa Comparada con Japón

 

Juzga muy justamente: No juzgues únicamente al rico, juzga al pobre; ni solo a tu amigo, también a tu enemigo. [1]

El pluralismo en el derecho es una característica del mundo más desarrollado. Consiste de jurisdicciones múltiples relacionadas entre ellas, apelaciones, contrapesos y distinciones entre el derecho público y el privado y entre las funciones judiciales, legislativas y ejecutivas. Este pluralismo se trabajó con el paso de los siglos mediante la negociación y compromisos entre muchos grupos de interés.

En comparación, en el mundo menos desarrollado la ley a menudo “pertenece” a los grupos de poder. Aunque las organizaciones jurídicas pueden ser similares o aún pueden ser copiadas de aquellas del Occidente, la institución no lo es. Los grupos de poder hacen las leyes por decreto ejecutivo, manipulan al parlamento, interpretan y hacen cumplir las leyes selectivamente según sus intereses y arrestan a las personas o confiscan la propiedad sin respetar la ley. Este contraste se presenta de forma cruda para fines de énfasis. Si bien las competencias y excepciones abundan, son insuficientes para devaluar la distinción general. En el proceso de difusión del poder, la ley desempeña un papel importante en la eficiencia o ineficiencia resultante de la empresa económica.

La Ley y el Grupo de Poder

Desde los tiempos medievales, los reyes europeos pudieron haber creado la ley pero también tenían que obedecerla, por lo menos en principio y frecuentemente en la práctica. El Rey Enrique II de Inglaterra (r.1154-89) puso por escrito las capacidades y las limitaciones del poder real. [2] Tolomeo de Lucca escribió que "Los gobernantes políticos están obligados por las leyes y no pueden proceder más allá de ellas en su búsqueda de la justicia." [3] Luis XI y Carlos VIII de Francia "impusieron reglas sobre sí mismos y reconocieron límites a su poder, siendo estos límites las costumbres del país." [4]

"El rey tenía que rogar y rezar, según lo dijo Maitland, ya que no podía dar órdenes y castigar." [5] Juan de Salisbury, quien confirmó la especialización profesional en las burocracias reales y eclesiásticas, declaró en Policraticus en el siglo XII que "la clase militar tiene la responsabilidad general de guardar las leyes del abuso del monarca." [6]

Según Berman, "la creencia en una 'ley fundamental', a la cual deben adherirse los gobiernos o arriesgarse a ser derrocados por despotismo, es una característica occidental." [7] Cannon y Griffiths sugieren que desciende del derecho romano y cristiano, el cual "por una parte, sirvió para desarrollar el poder de los reyes, y por otra, para dirigir — aún limitar — sus acciones." [8] La iglesia desempeñó un papel fundamental en la limitación del poder de los reyes. Ya en el año 390, Ambrosio, Obispo de Milán, había declarado que el emperador está "dentro y no por encima de la iglesia." [9] Es difícil creer que el precepto de una monarquía legalmente limitada perduraría por los siglos si las circunstancias contemporáneas no la reforzaran continuamente.

Este buen orden no ha sido perfeccionado en ninguna parte. En los Estados Unidos, aunque el Presidente Nixon fue obligado a renunciar en 1974, otros usurpadores o evasores de la ley de alto nivel han escapado del castigo cuando se consideró que la reputación de un alto cargo — no de quien desempeña el cargo — iba a sufrir indebidamente. Las audiencias del caso Irán-Contra en la década de 1980 son un ejemplo de este principio.

Cuando un grupo gobernante dicta constantemente una ley para su propio beneficio o la desacata abiertamente, en ese caso — además del sufrimiento humano — se desperdician recursos y se retarda el desarrollo económico. El soborno, la confiscación de bienes, la supresión de la competencia y el desvío de fondos públicos son todos características de mucho del mundo menos desarrollado actual.

Cuando opera el proceso de difusión del poder, es posible que la ley primero "pertenezca" a los grupos de poder, quienes la violan para su beneficio, pero la presión de los grupos de reciente formación hace que la ley tenga poder propio. Se convierte en algo como la institución descrita en la página 7 — un globo que está detenido por el aliento de los grupos de poder que lo sostienen — ninguno de ellos lo suficientemente fuerte para alterar su curso considerablemente. Idealmente, ninguno destruirá el sistema legal solo para ganar un solo caso. Finalmente, a medida que los grupos tienden hacia el equilibrio de poderes, la ley tiende hacia la igualdad para todos los seres corporativos, personales y artificiales.

Max Weber presumía que "el capitalismo moderno tiene necesidad, no solamente de los medios técnicos de producción, sino de un sistema calculable legal y de administración en términos de reglas formales." [10] Estas dos necesidades se refuerzan mutuamente. El crecimiento económico puede proceder mientras que la ley aún esté en manos de un grupo de poder; para un ejemplo moderno de esto, ver el Capítulo 21 en los "Cuatro Dragones." Sin embargo, en última instancia, debe prevalecer una ley independiente o el proceso de difusión del poder será más lento y el desarrollo económico se retrasará.

El Derecho en la Edad Media

Tanto en Europa noroccidental como en Japón, el derecho antiguo era de dos tipos. Primero, era la costumbre: lo que se había hecho desde tiempos inmemoriales. El derecho tradicional mantuvo a una sociedad funcionando sin contratiempos, resolviendo disputas en lugar de buscar una justicia abstracta. Las decisiones tomadas en los tribunales de los gobernantes o autoridades locales se concentraron en encontrar los hechos y el castigo, no alrededor del contrato y el cumplimiento. El castigo por lo general requería que el infractor compensara a la víctima.

Segundo, la ley era promulgada por medio de decretos de aquellos en el poder, cuya meta principal era mantener su poder. Esta ley se concentraba en la propiedad de la tierra, impuestos, traición, lesa majestad y otros insultos a la autoridad. El castigo era brutal, siendo comunes la tortura, la mutilación y la muerte. Esta era la ley que Enrique II centralizó en Inglaterra en el siglo XII.

Los orígenes de las costumbres a menudo siguen siendo desconocidos, pero se supone que vienen de algún equilibro de poder entre tribus y no están determinados únicamente por los jefes. Cantor escribe que la ley consuetudinaria germánica residía en el Volk (pueblo) y que aún el jefe no podía inventar leyes. El derecho británico se derivó del germánico en este respecto. [11] Sin embargo, ya que los jefes y los ancianos lo administran y debido que no hay un proceso legal independiente de ellos, es razonable presumir que aún la ley consuetudinaria "pertenece" al grupo de poder.

Durante mucho tiempo, los europeos creyeron que la ley era "divina" o "natural" o ambas. La ley divina viene directamente de Dios, por lo general con los sacerdotes o el jefe de la tribu o el rey como intermediarios. La ley natural se conforma a la naturaleza tal como es percibida por la gente. Con el paso de los siglos, la ley se ha vuelto más reconocida como "positiva" o determinada por promulgación o procedimiento judicial.

Bajo la centralización del derecho llevada a cabo por Enrique I (r.1100-1135) y su nieto Enrique II (r.1154-1189), "el gobierno real buscó ejercer una supervisión general sobre los trabajos de los tribunales locales [los cuales] permanecieron como tribunales comunitarios." [12] La ley misma estaba compuesta por oficiales locales responsables ante el rey. Sin embargo, con el paso de los siglos, esta ley común de los tribunales sustituyó a la captación de la ley por parte del rey.

Asimismo en el continente, la ley originalmente captada por el rey se filtró cada vez más hacia los dominios de los jueces y los eruditos. Aproximadamente en 1080, cuando los eruditos legales italianos descubrieron una vasta colección de documentos del Emperador Justiniano, cuyo código había sido publicado aproximadamente en 534 CE, [13] estuvieron tentados a considerar a estos como la tan buscada ley universal. Las escuelas de derecho surgieron en muchas ciudades, la más famosa en Bolonia en el siglo XII, y el "derecho romano " se aplicó posteriormente en muchos lugares.

Felipe II de Francia (r.1180-1223) se vio amenazado por esta ley, la cual él interpretó como que incrementaba el poder del santo emperador romano (germánico). Obtuvo una bula papal prohibiendo el derecho romano en París, pero se expandió cada vez más a las jurisdicciones locales. [14] Sus sucesores, sin embargo, descubrieron la utilidad del derecho romano en la centralización del poder en el rey. Para el siglo XVI, era dominante en el sur de Francia, aunque complementada por decretos de la corte y el derecho consuetudinario. El derecho consuetudinario aún dominaba en el norte. [15] Tal como en Inglaterra, al igual que en Francia, la ley que al principio pretendía centralizar el poder en la monarquía, avanzó cada vez más hacia el dominio de los legisladores y eruditos.

Tampoco los estudios terminaron con el derecho romano. En un ejemplo heroico de compromiso, los juristas conciliaron y sintetizaron la teología hebrea, la filosofía griega y el derecho romano en sistemas legales útiles para los principados y las naciones emergentes. Todo esto sucedió a pesar del hecho que la filosofía griega y el derecho romano no eran aceptables para la cultura hebrea ni el derecho romano o la teología hebrea para la cultura griega, ni la cultura romana para la teología hebrea. [16] En este crisol de culturas diversas, también incluyeron principios de las leyes consuetudinarias de tribus europeas que diferían ampliamente.

Como resultado, las leyes de Europa noroccidental tuvieron su origen en un compromiso entre las leyes consuetudinarias de muchas tribus más el derecho señorial, el derecho real, el derecho canónico, el derecho romano y la filosofía griega. Este origen pluralista ayudó a que la ley se convirtiera en un poder por su propio derecho porque aquellos que llegaban ante cualquier tribunal tenían una amplia gama de precedentes de los cuales escoger. Esta complejidad a su vez hizo a los gobernantes más dependientes de los juristas, quienes adoptando estándares profesionales, comenzaron a valorar la ley como una doctrina independiente.

A medida que el feudalismo menguaba y procedía el desarrollo económico, tenía que trabajarse una distinción entre el derecho público y el privado. Actualmente, esta línea divide el derecho administrativo y el constitucional por una parte de las leyes concernientes a los derechos entre las personas privadas, por otra. Los romanos comprendieron la diferencia, pero las tribus germánicas tales como los burgundianos, los francos y los lombardos, no lo hicieron. [17]

Los límites entre el poder privado y el público, las posesiones y el comportamiento se habían erosionado en la Edad Media. En un documento de Carlos el Calvo en 856, en el cual el rey y varios sujetos acordaron llevar a cabo una tarea, no está claro si las obligaciones de cada uno fueron un contrato o una ley pública, y seguramente la diferencia no se les había ocurrido a los participantes. [18] Sin embargo, los europeos de la Edad Media hicieron una distinción entre las leyes del reino y las leyes de la familia. Supuestamente, las leyes de la familia serían adjudicadas por los paterfamilias, supremas dentro de su domicilio. Únicamente la comunidad más allá de la familia era gobernada por la costumbre. En consecuencia, la familia en lugar del individuo era el actor económico, capaz de demandar y de ser demandada.

La ley del gobernante era un antagonista contra la cual la persona privada se defendía: "[L]as amistades formaban un baluarte contra 'la ley,' que se insinuaba donde podía, manifestando su poder cuando tenía éxito mediante un simbolismo de penetración." [19] Esta es aún la ley del poderoso, sin ceder a un equilibrio de fuerzas.

Dos incidentes en Inglaterra a principios del siglo XV ilustran cómo cedió una ley general para ajustarse a una circunstancia particular. En el primero de los casos, Enrique IV (r.1399-1413) rehusó permitir estatutos que harían ilegal la piratería porque hacerlo limitaría los derechos de los barcos británicos a atacar a los franceses quienes estaban dando suministros a sus enemigos escoceses. Enrique V (r.1413-22) revirtió esta posición exigiendo estatutos para declarar ilegal la piratería que estaba dañando el comercio inglés con Borgoña, con cuyo duque se había aliado en la guerra contra Francia. [20] Enrique tampoco expresó un principio contra la piratería en sí. En el segundo caso del derecho expedito, Enrique V, esperando ganarse la lealtad de "sus" súbditos en Normandía, introdujo una moneda inglesa sólida en lugar del acuñamiento incierto y viciado de muchas partes de Francia. [21] En consecuencia, el dinero sólido era un asunto de ventaja política momentánea, no un valor por sí mismo. Cada Enrique, IV y V, usaron su poder para tomar una decisión respondiendo más a la exigencia del momento que a cualquier principio coherente.

Únicamente con el paso de los siglos los mercaderes ganaron poder relativo al rey para que las leyes contra la piratería y para una moneda sólida se volvieran institucionalizadas y universalmente aplicables. Para el tiempo de la guerra civil inglesa en el siglo XVII, el rey ya no pudo legislar más para ajustarse a su capricho. Tuvo que prestar alguna atención a sus súbditos, si bien es cierto que no a los más humildes de ellos.

Comparación con Japón

El Capítulo 2 resume cómo desde el primer shogun en 1192 hasta la Restauración Meiji en 1868, el poder sobre la ley fue objetado entre los shogun, los oficiales tales como los shugo y los jito, los ikki (guerreros campesinos), y posteriormente, los daimyo (señores feudales) y los mercaderes. Cada uno de estos grupos inferiores captó la ley donde podía, ignorando al shogun si podía.

Entre las similitudes con Europa noroccidental está la continua competencia entre el derecho centralizado y el local. Las dos áreas libraron esta competencia de diferentes maneras. Mientras que la ley feudal declinó con la centralización del gobierno en Europa, en Japón se fortaleció probablemente debido a que un jefe, Yoritomo, dominó al emperador en el siglo XIII, tomando el poder mediante la emisión de órdenes sobre un dominio donde sus únicos derechos eran por medio de la conquista militar. [22] Luego, impuso la ley feudal en áreas locales a expensas de la ley consuetudinaria y del dominio. [23] En Europa noroccidental, en comparación, los reyes y los señores se comprometieron a compartir el poder, una diferencia exógena (una sin más explicación fundamental) pero posiblemente una razón del por qué el desarrollo económico ocurrió antes que el japonés.

En el siglo XIII, la familia Hojo — el poder detrás del shogun — redactó el formulario Joel como una codificación del derecho feudal. [24] Este estableció los deberes de los oficiales locales y los distinguía de la corte del shogun.

Pluralismo en el Derecho

"En el Occidente, la competencia y cooperación de las jurisdicciones limitadas rivales no solo requería que cada una sistematizara su ley sino que también dio a cada una la base para hacerlo." [25] Cada jurisdicción se volvió comprometida por las leyes de las otras: un "sistema de jurisdicciones plurales." [26]

El pluralismo legal fue evidente en Europa noroccidental al principio de la Edad Media. [27] El Rey Aethelstan incitó a los nobles, clérigos y a los comunes en Londres a combinarse para hacer la ley de la ciudad en las décadas de 920 o 930. [28] La multitud de jurisdicciones en el siglo XII forzó compromisos en los cuales los tribunales aceptaban cuáles casos. Si bien los tribunales eclesiásticos aceptaron aquellos donde la ley secular había "fracasado," no obstante pusieron restricciones sobre su propia jurisdicción. [29] Los príncipes feudales, eclesiásticos y monarcas no solamente mantuvieron vigilado su territorio sino que delegaron autoridad a otros que se reportaban ante ellos, creando un mosaico de jurisdicciones. [30]

Sin embargo, desde el siglo XI hasta el siglo XIII, Inglaterra y Francia se cambiaron hacia el gobierno centralizado y la ley centralizada. Sin embargo, esta centralización se refiere al alcance de la jurisdicción no a la creación de leyes. Desde el siglo XIII hasta el siglo XVII, la jurisdicción real se amplió en Inglaterra, pero la ley misma fue creada cada vez más por las ciudades, los mercaderes, los vendedores de tierras y los financieros, quienes argumentaban sus casos tanto en los tribunales de las ciudades como en los reales. A principios del siglo XV, el Parlamento era el principal legislador para asuntos nacionales en Inglaterra (acuñamiento, guerra, traición, religión, piratería, impuestos para el rey) mientras que las autoridades locales administraban la mayoría de la ley comercial y disputas locales. La tierra era adjudicada en ambos niveles. Pocos estatutos fueron "patrocinados 'oficialmente' (lo que ahora podría llamarse un 'proyecto de ley gubernamental')" [31] aparte de solicitudes de impuestos para financiar la guerra del rey con Francia.

A partir del siglo XII, "la legislación y su ejecución se convirtió en una característica central de la monarquía, obligando a las gentes a respetar y obedecer la autoridad de su rey . . . [L]os códigos de leyes estaban recalcando los derechos reales, la justicia real y el control real en una monarquía donde el equilibro entre el rey y la comunidad como la fuente del derecho y el dispensador de justicia estaba siendo alterado perceptiblemente a favor del rey." [32] Asimismo, "Gregorio VII [Papa 1073-85] afirmó por primera vez el poder del Papa para 'crear una nueva ley conforme a las necesidades de los tiempos.'" [33] Esta centralización puede haber sido el resultado de victorias militares tales como la conquista normanda en Inglaterra, la unificación de Francia de Felipe II y la lucha de Gregorio contra el Emperador Enrique IV.

En Francia, el rey raras veces interfirió con la ley consuetudinaria de las localidades antes del siglo XVI, pero posteriormente, Luis XIII y Luis XIV ampliaron su autoridad continuamente. [34] Únicamente en el siglo XVIII, mientras Francia estaba siendo arrastrada hacia la Revolución, la tendencia se volvió de nuevo hacia la descentralización.

Aún mientras que la ley estaba siendo centralizada, sin embargo, las jurisdicciones locales y los grupos de interés tomaron sus propias acciones para ganar control sobre ciertos aspectos de esta, en particular, el derecho mercantil. El concepto de desobediencia civil, característica del Occidente y de Japón, puede ayudar a explicar cómo ocurrió la iniciativa local. En su famosa "herejía" del siglo IV, los donatistas declararon que ningún cristiano necesitaba participar en ceremonias de la iglesia bajo un sacerdote indigno. En el siglo XI, el reformista Cardenal Humberto encontró que aunque el laicado no debería interferir en los asuntos de la iglesia, no obstante, no era obligatorio que un parroquiano recibiera los sacramentos de un sacerdote inmoral. [35] Ya que el rey era responsable ante la ley pero no había tribunal que lo procesara, en el siglo XII Graciano argumentó que los ciudadanos estaban obligados moralmente a desobedecer las leyes injustas. [36] Pero si la gente común podía desobedecer civilmente, debe haber tenido algún poder frente a la iglesia o el rey.

La opinión de Graciano tuvo eco en otros eruditos tales como Eike von Repgau, Beaumanoir, [37] Tomás de Aquino, Altusio, [38] y Azo. [39] Tomás Becket comprobó este principio en su disputa con Enrique II de Inglaterra. [40] Mario Salamonio (aproximadamente 1450-1532) escribió que "el gobernante es un socio contractual en el estado [igual que los socios en una sociedad mercantil]; y, si él viola la ley, el estado se disuelve — la desigualdad de condiciones rompe una sociedad." [41] Todos estos escritores, quienes vieron la situación como contemporáneos, escribieron en términos de una sociedad moral. Sin embargo, sin ser su intención, revelan que los vasallos militares, los oficiales de la ciudad y otros podían tener al rey bajo control. La resistencia pasiva a los impuestos fue extensa en la Inglaterra del siglo XIII, [42] al igual que lo fue el movimiento pujadista en Francia en el siglo XX.

El concepto medieval de que el rey estaba sujeto a sus propias leyes fue puesto muy a prueba por reyes posteriores, tanto en Inglaterra como en el continente, pero nunca ha sido totalmente violado. Jaime I (r.1603-25) aceptó que él estaba sujeto a la ley, pero insistió que él era el juez de sus acciones. "La obligación de mantenerse dentro de la ley era un asunto de la propia conciencia del rey, sabiendo que Dios castigaría cualesquiera faltas." [43] Carlos I (r.1625-49) "nunca violó la letra de la ley, pero sus agentes de la ley estiraron sus poderes hasta un punto en que la letra de la ley estaba bastante alejada de su espíritu." [44] Durante su juicio, él dijo: "Si el poder sin la ley puede hacer leyes, no conozco un sujeto en Inglaterra que pueda estar seguro de su vida." [45]

Por su desobediencia civil, hombres tales como John Hampden, John Lillburne, Walter Udall y William Penn "formaron la base para la ley de derechos civiles y libertades civiles para la ley inglesa y la estadounidense." [46] El juez real Jenkins y el presbiteriano John Maynard fueron a la Torre de Londres por desobediencia civil. [47]

En Francia, los mismos principios se aplicaron a pesar de la recentralización de la autoridad bajo Luis XIII (r.1610-43) y sus sucesores. Luis y Richelieu evitaron depender de la autoridad absoluta del rey tanto como pudieron. Aún Luis XIV no se concibió por encima de la ley. Pero el rey ejerció la justicia "retenida" (retenue), o todos los poderes que no había delegado específicamente. [48] Sin embargo, "las ideas constitucionales francesas eran esencialmente ambiguas. Por una parte, los escritores [del siglo XVII] enfatizaron la autoridad absoluta del rey para legislar e imponer impuestos a su voluntad, limitada únicamente por su obligación de observar las leyes fundamentales. . . . Por otra parte, se argumentó que él debía respetar las costumbres y tradiciones de Francia. . . Él debía respetar los privilegios de las provincias, ciudades, cortes y otros grupos." [49]

No todos los juristas y filósofos occidentales están de acuerdo con la legitimidad de la desobediencia. Spinoza, por ejemplo, escribió que "el individuo cede justamente al derecho de libre acción aunque no de razón y juicio libre; nadie puede actuar contra las autoridades sin peligro para el estado. . ." [50]

Comparación con Japón

Al igual que en Europa, el sistema legal japonés del siglo XIII se conformó a la sociedad pluralista que ya se estaba formando. Cada jurisdicción — emperador, nobles de la corte, shogun, sho-en y el templo — tenía sus propios tribunales. Al igual que en Europa, era posible que un demandante se trasladara de uno a otro. Si los tribunales inferiores no daban una satisfacción, algunas veces los casos podían apelarse ante las instancias superiores, el emperador o — hasta — ante el shogun.

A comienzos del siglo XIII, los agricultores independientes y los guerreros esculpieron sus propias esferas de autonomía fuera del sho-en. Pero la multiplicidad de jurisdicciones era de una calidad diferente a la de la europea. En Europa noroccidental, la ley de una jurisdicción probablemente iba a ser aceptada en otra y los juristas hicieron un esfuerzo para reconciliarlas. En Japón, la competencia era feroz. En lugar de intentar reconciliar diferentes tipos de ley, las jurisdicciones trataron de capturarla, cada una para sí misma. A mediados del siglo XV, la ley del shogun fue ignorada cada vez más.

Sin embargo en Japón, así como también en Europa, el derecho local se desarrolló bien. La evidencia se cita en el capítulo 2 a partir de autores tales como Wigmore y Henderson. En cada caso, el equilibrio de poderes fue la razón subyacente. También, donde Europa comenzó a distinguir el derecho privado del público, los shoguns del siglo XV desarrollaron una tosca división entre el derecho civil y el criminal. [51]

Al igual que en Europa, en Japón ocurrió la desobediencia civil expresada por los ikki. Bix escribe acerca de la resistencia campesina durante el período de 1590-1884:

Cuando los oficiales locales fracasaron en actuar en el interés de la mayoría o cuando estaban demasiado entusiasmados haciendo cumplir las políticas feudales de explotación fiscal, los campesinos formaron grupos autónomos fuera de su alcance. Estos amenazarían con romper la relación de la aldea con el estado, es decir, retener el trabajo y los pagos de tributos. [52]

Tanto en Europa noroccidental como en Japón, el pluralismo y la centralización se desarrollaron a la par, sin contradecirse. Los reyes de Inglaterra y de Francia y los shogun de Japón todos afinaron e intensificaron sus sistemas legales en sus niveles, con más distinciones en la ley y una mayor especialización en sus tribunales. Todos querían extender su autoridad hacia abajo. Cada uno de ellos fue detenido por autoridades "inferiores", que estaban llenando su ley y sus instituciones legales. En los niveles "inferiores", la ley estaba cada vez más en las manos de las aldeas, gremios y otras organizaciones regionales y estaba influenciada por los ikkis y otros organizadores de rebeliones campesinas. En el siglo XVII tanto en Europa noroccidental como en Japón, los límites entre la ley central y la local se habían vuelto razonablemente claros.

Leyes para la Producción y el Comercio

Desde el principio, los pueblos establecieron sus propios tribunales e hicieron sus propias leyes. . . Ya desde los primeros pueblos, el imperio de la ley . . . fue adoptado ampliamente como un principio constitucional. Esto era en parte debido a que el juez de la aldea a menudo era nombrado por el noble y la gente del lugar, por lo tanto, tendía a insistir en que él sentenciara conforme a sus propias leyes. [53]

En Europa noroccidental las leyes de aprendizaje, contratación y contratos, compra y venta, transporte de productos básicos, seguros, propiedad, arrendamiento, dación en prenda y préstamos y amortización surgieron de los casos de los tribunales medievales y decretos de los patricios lugareños y algunas veces de los nobles. Sin embargo, en su mayoría, el noble dejaba al pueblo solo, en parte porque no tenía poder para influenciarlo y en parte porque no estaba interesado en hacerlo. En tanto que el pueblo traía prosperidad e impuestos a su feudo, él estaba contento.

Los patricios del lugar y los maestros de gremios componían las reglas. Su preocupación era alimentar al pueblo, que tenía que sobrevivir hambrunas; producir bienes de calidad suficiente para vender en los mercados disponibles a precios "justos"; crear y proteger monopolios; y emplear y capacitar mano de obra. Estos fueron los precursores de los principios legales y económicos modernos. Por una parte, los lugareños concibieron la competencia negativamente, a ser evitada; no otorgaron derechos y privilegios iguales a todos los ciudadanos; el estatus era por nacimiento; la "justicia" era un concepto de las clases gobernantes; muchas disputas se ajustaban dentro del gremio con ventaja para el maestro; y los pleitos con los pueblos vecinos eran fuertes. [54] "Los mercaderes regularmente pagaban multas por violar cada ley concerniente a su negocio y seguían como antes." [55]

Por otra parte, los "precios justos" eran debatidos en público; el concepto del "bien público" era la base de las decisiones; [56] algunas disputas eran tratadas en los tribunales del lugar — fuera del gremio — con ciudadanos actuando como jurado con libertad para decidir; [57] los tribunales se volvieron más ordenados, con registros escritos [58] y los juicios se basaban en precedentes; y las disputas con los pueblos vecinos a menudo — no siempre — se resolvían mediante la negociación, no la guerra.

En Francia, la descentralización de la ley fue promovida bajo Enrique II cuando él "creó una jurisdicción consular en Toulouse en 1549; esta práctica se extendería a sitios comerciales diferentes dentro del reino." [59] Los jueces y los cónsules eran elegidos por los mercaderes locales. En 1673, después de consultar con otros mercaderes y juristas, un mercader llamado Savary preparó un código de mercaderes para Francia que simplificó las reglas que hasta ese momento se habían enredado en detalles. Este código continuó siendo usado durante más de dos siglos y muchas de sus estipulaciones fueron adoptadas en el Código de Comercio de 1807, bajo Napoleón. [60]

Hasta el siglo XVIII, la ley de comercio en Inglaterra era adjudicada principalmente por los tribunales de cada lugar. Únicamente hacia finales de ese siglo los tribunales reales adquirieron los conocimientos para actuar en "disputas sobre seguros, letras de cambio, fletes por barco, contratos de venta, acuerdos de asociación, patentes, arbitrajes y otras transacciones comerciales para hacer que los tribunales ingleses y la ley parecieran un factor que estaba contribuyendo positivamente al desarrollo del comercio inglés." [61]

Estos ejemplos tienen tres elementos en común. Primero, las leyes sobre el comercio y la economía fueron forjadas por los participantes — gremios, aldeas, mercaderes y artesanos — con la cooperación del noble del feudo o del rey y su burocracia. Segundo, aunque discriminatorias al principio, con el paso de los siglos las leyes tendieron hacia el tratamiento igual de todos los participantes. Tercero y más importante para el proceso de difusión del poder, los cambios no fueron repentinos. Principalmente fueron negociados, como cientos de pasos positivos, en un mercado libre para instituciones. Las autoridades reales cooperaron, pero generalmente no dictaron.

De Leyes Sencillas a Complejas

En comparación con los últimos siglos, la ley medieval en Europa noroccidental y Japón era sencilla, conformándose a la naturaleza sencilla de la economía. Dependía mucho del "concepto del comprador de buena fe (cuyos derechos en los bienes podrían exceder a aquellos del vendedor), la entrega simbólica de bienes mediante el traspaso de documentos implicaba garantías, el carácter obligatorio de los acuerdos informales y asociaciones conjuntas." [62] Tomás de Aquino habló de "solo compras, ventas y similares, sin las cuales los hombres no pueden vivir juntos," como "derivadas de la ley de la naturaleza." [63]

Con el paso del tiempo, la complejidad cada vez mayor de la economía tenía que igualarse a la complejidad de la ley. En lugar de especificar cómo entregar una vaca, la ley a menudo exigía "la coordinación de una secuencia intrincada de actividades por parte de la gente bastante alejadas entre sí en el espacio y en el tiempo." [64] Esta complejidad fue igualada al aumentar el conocimiento popular de la ley y una mayor voluntad de actuar con ese conocimiento. [65]

Estas formas complejas habrían sido imposibles o muy ineficientes si hubieran funcionado desde una tabula rasa mediante una burocracia central. Únicamente cuando eran forjadas, pieza por pieza, por aquellos íntimamente conocedores podrían sostener un desarrollo económico complejo. El conocimiento popular también requirió experiencias sucesivas en el transcurso del tiempo. Tanto la complejidad como el conocimiento popular se incrementaron como parte del proceso de difusión del poder, ya que ninguno habría sido posible bajo un poder concentrado.

Comparación con Japón

El Capítulo 2 describe cómo la ley fue hecha por los mercaderes japoneses y financieros a través de acuerdos de aldeas y ciudades que ellos mismos adjudicaron. Ellos apelaron al daimyo y al shogun únicamente para disputas que no podían resolver entre ellos mismos. Si bien el shogun consideró que sus leyes eran supremas, alrededor de principios del siglo XV fue cada vez más incapaz de hacerlas cumplir.

Con la unificación del país en el siglo XVI, Hideyoshi abrió el libre comercio e hizo que las vías fueran seguras por primera vez en siglos, bajo leyes a las cuales todos estaban obligados. [66] Pero esta ley centralizada era parcial y transitoria. La explosión de las finanzas y el comercio que caracteriza a la era Tokugawa devolvió una vez más la legislación comercial y la resolución de disputas a aquellos que tomaban parte en la manufactura y el comercio.

Notas

  1. Las Leyes del Rey Alfredo, gobernante de Inglaterra, 871-901, citado en Berman 1983:65. Del diccionario Webster's: "Condenar: Juzgar; estimar o determinar como un juez." Arcaico.
  2. Berman 1983:458.
  3. De Regimine Principum, libro 4, capítulo 1, citado por Black 1984:80.
  4. Maurois 1948:101.
  5. Berman 1983:68.
  6. Hogue 1966:87.
  7. Berman 1963:175.
  8. Cannon y Griffiths 1988:34.
  9. Ozment 1980:140.
  10. Weber 1958:25.
  11. Cantor 1993:98.
  12. Cantor 1993:316.
  13. Berman 1983:121-22.
  14. Gilles 1986:72.
  15. Miller 1987:37.
  16. Berman 1983:3.
  17. Rouche 1987:421.
  18. Barraclough 1976:96.
  19. Duby 1988a:8.
  20. Allmand 1992:318.
  21. Allmand 1992:319.
  22. Asakawa 1933:123-25.
  23. Asakawa 1933:112.
  24. Hall 1970:92.
  25. Berman 1983:224.
  26. Berman 1983:292.
  27. Sicard 1986:165.
  28. Epstein 1991:40.
  29. Berman 1983:215, 222-3.
  30. Black 1984:51.
  31. Allmand 1992:322.
  32. Cannon y Griffiths 1988:66.
  33. Dicatus Papae, capítulo 7, citado por Berman 1983:202.
  34. Sicard 1986:165.
  35. Cantor 1993:255.
  36. Berman 1983:293; Berman 1977:923.
  37. Berman 1983:536; Gilles 1986:82.
  38. Black 1984:139.
  39. Berman 1983:407.
  40. Berman 1983:269.
  41. Black 1984:85.
  42. Webber 1986:179.
  43. Miller 1987:32.
  44. Miller 1987:119.
  45. Cannon y Griffiths 1988:385.
  46. Berman 1983:31.
  47. Gregg 1961:183,198.
  48. Sicard 1986:207.
  49. Miller 1987:127.
  50. Tratado Teológico-Político, capítulo 20.
  51. Grossberg 1981:8.
  52. Bix 1986:xxxii.
  53. Black 1984:48.
  54. Gregg 1974:91.
  55. Tuchman 1984:38.
  56. Black 1984:66-70.
  57. Epstein 1991:202.
  58. Epstein 1991:63.
  59. Sicard 1986:220; mi traducción.
  60. Sicard 1986:167.
  61. Rosenberg y Birdzell 1986:116.
  62. Berman 1983:534.
  63. Summa Theologiae, Ia IIae, q.95 a.4, citado por Black 1984:35.
  64. Haskell 1985:557.
  65. Brewer y Styles 1980:15.
  66. Takekoshi 1930:544.

Copyright © 1994 by the University of Michigan. First published in the USA by the University of Michigan Press, 1994.

Published on the World Wide Web by The Quaker Economist with permission from the University of Michigan Press, 2005.

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